Ley de política lingüística

Ley de política lingüística: ¿es obligatorio tener la web en catalán?

Retrato profesional de Anabel, directora de operaciones en ATLS.
escrito por Anabel Ruiz
Tiempo de Lectura Tiempo de lectura 9 minutos

Ley de política lingüística y presencia digital: ¿Qué implica para tu web?

La pregunta sobre si es obligatorio tener la web en catalán para empresas que operan en Cataluña se ha vuelto recurrente en los últimos años, especialmente ante la creciente digitalización de los servicios y la presión normativa sobre el uso de las lenguas oficiales en la administración y la empresa privada.

Pero, ¿qué dice realmente la Ley de política lingüística? ¿Cómo afecta esta normativa a la presencia digital de las empresas, tanto locales como internacionales, que ofrecen servicios o productos en Cataluña?

La respuesta requiere hacer un vistazo detallado no solo del contexto legal, sino también de su interpretación práctica y de cómo las autoridades están aplicando esta normativa a nivel digital. Esto significa entender los fundamentos de la Ley 1/1998 de 7 de enero de política lingüística, sus objetivos, los derechos lingüísticos que protege y, sobre todo, cómo se traduce esto en obligaciones reales para las empresas en su entorno online.

La clave está en no quedarse únicamente en el literal de la Ley, sino analizar las adaptaciones que han surgido a raíz de la evolución tecnológica y la jurisprudencia reciente. En la práctica, esto implica valorar los riesgos empresariales de no adaptar la web al catalán.

Ley de política lingüística: contexto, objetivos y alcance

La Ley 1/1998 de política lingüística de Cataluña constituye el marco normativo fundamental para el uso de las lenguas oficiales —catalán y castellano— en el territorio catalán.

Su objetivo principal es garantizar el conocimiento, uso y protección del catalán como lengua propia de Cataluña, al tiempo que asegura los derechos de la ciudadanía a dirigirse a las administraciones, acceder a servicios y recibir información en esta lengua.

En su preámbulo y artículos iniciales, la Ley recalca la importancia del catalán como elemento identitario y vertebrador de la sociedad catalana. Así lo recoge textualmente: “La lengua catalana es un elemento fundamental de la formación y la personalidad nacional de Cataluña, un instrumento básico de comunicación, de integración y de cohesión social” (Artículo 1, Preámbulo, DOGC, 1998).

En este marco, el castellano es también lengua oficial, de acuerdo con la Constitución Española y el Estatut d’Autonomia, pero el legislador catalán ha puesto el acento en la promoción activa del catalán en todos los ámbitos públicos y privados.

El resultado es una normativa ambiciosa, que afecta tanto a la administración como a la empresa, los medios de comunicación, la educación y el sector cultural.

¿Es obligatorio tener la web en catalán según la Ley de política lingüística?

La cuestión de la obligatoriedad de la web en catalán está directamente relacionada con varios artículos de la Ley. En concreto, el artículo 31 trata de las “empresas de servicio público”, mientras que el artículo 32 aborda los “establecimientos abiertos al público”.

Artículo 31 – Empresas de servicio público
La Ley establece que las empresas, tanto públicas como privadas, que prestan servicios públicos en Cataluña “han de emplear, al menos, el catalán en las comunicaciones y notificaciones, incluidos las facturas y otros documentos de tráfico, dirigidos a personas residentes en el ámbito lingüístico catalán, sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a recibirlos en castellano, si así lo solicitan”.

Artículo 32 – Establecimientos abiertos al público
Este artículo especifica que los establecimientos abiertos al público en Cataluña deben utilizar “al menos” el catalán en la rotulación, la información de los productos y servicios, la documentación comercial y las ofertas dirigidas al consumidor. Si bien originalmente estos preceptos estaban enfocados al entorno físico, su redacción se ha ido adaptando en la práctica a los canales digitales, incluyendo las páginas web, aplicaciones y plataformas de comercio electrónico.

¿Qué implica esto para las webs?
En la práctica, cualquier empresa que tenga una presencia en Cataluña, y ofrezca servicios o productos al consumidor final, está sujeta a la obligación de ofrecer, como mínimo, la información relevante de su web en catalán. Esto incluye aspectos esenciales como:

  • Descripciones de productos y servicios
  • Condiciones generales de contratación
  • Formularios de contacto y atención al cliente
  • Información legal y política de privacidad

No basta con que la web esté solo en castellano o en otros idiomas. El resultado es claro: la Ley exige que el catalán esté presente en la información fundamental accesible al público catalán.

Excepciones, matices y jurisprudencia: ¿hay flexibilidad?

Sin embargo, como suele ocurrir con las normativas lingüísticas, la realidad es más compleja y existen matices importantes. La propia Ley prevé que los ciudadanos tienen derecho a recibir la información en castellano si lo solicitan, pero no exime a las empresas de su deber de informar, de entrada, al menos en catalán.

¿Significa esto que absolutamente toda la web debe estar en catalán? No necesariamente. La clave está en el tipo de información y el público objetivo. Por ejemplo:

  • Si la web es puramente informativa, sin interacción comercial, el riesgo de sanción es menor, aunque la recomendación oficial es igualmente traducir el contenido esencial.
  • Si la web permite contrataciones, compras online, reservas o servicios interactivos, la obligación se vuelve más clara y estricta.

En la práctica, la Generalitat ha priorizado el cumplimiento en empresas que mantienen una relación comercial directa con el consumidor, especialmente en sectores regulados (turismo, comercio, banca, telecomunicaciones, etc.).

Sanciones y consecuencias por incumplimiento

La Ley de política lingüística prevé la intervención de la Administración y del Síndic de Greuges ante posibles infracciones. El artículo 50 establece que los consumidores pueden presentar quejas si consideran vulnerado su derecho a ser informados en catalán.

En los últimos años, la Generalitat ha intensificado las inspecciones y campañas de concienciación en el ámbito digital, con casos mediáticos de sanciones a grandes portales y empresas que no ofrecían la web, o partes de ella, en catalán.

Esto significa que las empresas pueden enfrentarse a:

  • Requerimientos de adaptación de la web en catalán
  • Multas económicas proporcionales al volumen y la gravedad del incumplimiento
  • Daño reputacional ante reclamaciones públicas

Las sanciones, aunque no siempre son automáticas, forman parte de la estrategia de protección y fomento del catalán en el entorno digital.

Ejemplos reales y comparativa internacional

Un ejemplo paradigmático fue el caso de varias cadenas hoteleras y plataformas de reservas que fueron sancionadas por no ofrecer sus servicios online en catalán, a pesar de operar en Cataluña. En todos estos casos, la autoridad lingüística determinó que la información clave para el usuario debía estar disponible en ambas lenguas oficiales.

En comparación, otras comunidades autónomas con lenguas cooficiales, como el País Vasco o Galicia, han establecido marcos legales similares, aunque el grado de exigencia y la aplicación práctica varían según el territorio y la sensibilidad social.

La diferencia en Cataluña radica en la proactividad de la Generalitat en la vigilancia y aplicación de la normativa, con una clara intención de que el catalán esté presente en la vida digital de los ciudadanos.

Ventajas empresariales de adaptar la web al catalán

Más allá de la obligación legal, existen ventajas estratégicas de adaptar la web al catalán:

  • Mejora de la reputación y la imagen de marca en el territorio
  • Mayor alcance y conexión con los consumidores catalanohablantes
  • Cumplimiento normativo y reducción de riesgos
  • Posicionamiento SEO en Google para búsquedas en catalán
  • Mejor relación con la administración y acceso a ayudas específicas

El resultado es claro: no solo es una exigencia normativa, sino también una oportunidad para diferenciarse y generar confianza en el mercado catalán.

Recomendaciones prácticas para empresas

Para cumplir con la Ley de política lingüística y evitar riesgos innecesarios, las empresas deben:

  • Traducir al catalán toda la información comercial y contractual relevante en la web
  • Asegurar que los formularios, condiciones y avisos legales estén disponibles en catalán
  • Revisar periódicamente los contenidos para garantizar la actualización normativa
  • Formar a los equipos internos en gestión y adaptación lingüística

Si tu empresa opera en Cataluña, disponer de la web en catalán no es solo recomendable, sino necesario en muchos casos.

¿Tu web cumple con la normativa lingüística en Cataluña? Te ayudamos a traducirla al catalán.

Preguntas frecuentes sobre la ley de política lingüística en Cataluña

¿Qué dice la Ley de política lingüística sobre tener la web en catalán?

La Ley exige que la información esencial de las webs empresariales en Cataluña esté disponible en catalán, especialmente si ofrecen productos o servicios.

¿Es obligatorio traducir toda la web al catalán según la Ley de política lingüística?

No es obligatorio traducir todo el contenido, pero sí la información relevante para el consumidor: descripciones, condiciones y atención al cliente.

¿Qué pasa si mi empresa no tiene la web en catalán según la Ley de política lingüística?

Se pueden recibir requerimientos, multas y quejas ante el Síndic de Greuges si la web no cumple con la obligación de informar en catalán.

¿A qué empresas afecta la obligación de la Ley de política lingüística sobre webs en catalán?

A todas las que operan en Cataluña y ofrecen productos o servicios al consumidor, sean locales o internacionales.